Durante este mes de Mayo se han publicado sendos Decretos que regulan dos actuaciones a seguir en los edificios ya construidos en la Comunidad Valenciana: el Libro del Edificio y el Informe de Conservación del Edificio (o ICE).
LIBRO DEL EDIFICIO
El pasado 23 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana el Decreto 25/2011 por el que se aprueba el Libro del Edificio para edificios de vivienda, en desarrollo de lo previsto en la Ley 3/2004 de ordenación y fomento de la calidad de la edificación (LOFCE). Lo establecido en este decreto entra en vigor a los 3 meses de su publicación en el DOCV.
En el Libro del Edificio quedan definidas las instrucciones de uso, mantenimiento de los inmuebles y sus instalaciones, así como una recopilación de todos los agentes que han intervenido durante el proceso de proyecto y construcción del edificio: contratista, subcontratistas, suministradores de productos y materiales de obra, organismos de control técnico, laboratorios de calidad de materiales, compañías aseguradoras, etc., quedando documentada la trazabilidad de los trabajos de construcción desde el inicio hasta su finalización.
El Libro del Edificio es de aplicación a la edificación y a la rehabilitación total o parcial de edificios destinados a uso de vivienda y alojamiento, cuya solicitud de licencia municipal de edificación se realice con posterioridad a la entrada en vigor del decreto. Con él, los propietarios y usuarios han de utilizar y mantener el edificio conforme a las instrucciones de uso y el programa de mantenimiento incluido, así como inscribir en él las operaciones de mantenimiento realizadas e incorporar las modificaciones y los informes resultantes de la inspección técnica del edificio. Además, cada propietario debe realizar el mantenimiento que le corresponda según la Carpeta de su vivienda o local.
El Libro del Edificio se compone de impresos y documentos. Los impresos, cuyo modelo se establece en el anexo al decreto, relacionan los datos esenciales del Libro del Edificio: descripción del edificio, agentes intervinientes, datos de la documentación administrativa, jurídica y técnica del edificio y datos de las operaciones de mantenimiento realizadas. El archivo de documentos contiene copia de la documentación administrativa, jurídica y técnica del edificio, la documentación de uso y mantenimiento, las instrucciones de emergencia y en su caso el plan de emergencia.
El promotor está obligado a formalizar el Libro del Edificio antes de la entrega de llaves de la primera vivienda, y en todo caso antes de 6 meses del acta de recepción de la obra. En el caso de VPP, este plazo se contará a partir de la calificación definitiva.
INFORME DE CONSERVACIÓN DEL EDIFICIO –ICE
El pasado 3 de mayo se publicó en el DOCV el Decreto 43/2011 que modifica el Plan Autonómico de Vivienda (Decreto 66/2009) y el Reglamento de Rehabilitación (Decreto 189/2009). Las modificaciones que introduce este decreto son relativas al Informe de Conservación del Edificio y entraron en vigor el 3 de junio de 2011.
Como principal novedad se encuentra que el ICE se encargará directamente por el promotor de la rehabilitación a los técnicos competentes (arquitectos o arquitectos técnicos), ni se subvencionarán a través de los Colegios Profesionales, y tendrán una validez de 5 años desde su realización a los efectos de solicitud de ayudas públicas. Como consecuencia, a partir de la entrada en vigor de este decreto, los Servicios Territoriales de Rehabilitación NO realizarán encargos de ICE’s a los colegios como hasta ahora.
De todas formas, el CAATValencia informa que mantendrá en funcionamiento la Bolsa de inspectores de ICE's para atender las solicitudes que puedan realizar las comunidades de propietarios.
Otra novedad es la posibilidad de iniciar las obras de rehabilitación, siempre que se hayan solicitado las ayudas y se acredite que el ICE está realizado.
Además, con este Decreto se incorpora al ICE una serie de cambios que incluirán la evaluación energética de los edificios a inspeccionar.
Tags: Libro del Edificio, ICE, Bolsa ICE, Arquitecto Tecnico